Comprobantes en papel

 

COMPROBANTES EN PAPEL - Requisitos formales de la documentación que se deben cumplir, según Resolución DGI 688/992 y requisitos de UTE

 

Los COMPROBANTES EN FORMATO PAPEL (Facturas; Notas de Crédito; Notas de Débito) que los proveedores deban presentar ante UTE, deberán cumplir con los requisitos indicados a continuación:

 

 

  • Tipo de comprobante: Factura; Notas de Crédito; Notas de Débito.
  • Nombre o razón social de la empresa emisora.
  • Nombre comercial, cuando exista.
  • Domicilio fiscal de la empresa emisora.
  • Número de RUT de la empresa emisora.
  • En RUT comprador RUT de UTE: 210778720012.
  • Nombre y Domicilio del comprador: U.T.E. o ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELÉCTRICAS.
  • Fecha de emisión.
  • Numeración correlativa de factura, y serie.
  • Pie de Imprenta.
  • Vía original/copia.
  • Destino de cada vía.
  • Detalle de mercaderías o Servicios, con indicación de cantidades físicas.
  • Moneda: $; U$S; otras.
  • Precio unitario y final.
  • Impuesto discriminado cuando corresponda.
  • Constancia de estar al día con el IVA.
  • Código QR que suministra la DGI.
  • Fecha de vencimiento: la validez de la documentación será: máximo 2 años. En caso de facturas de contingencia la validez será de 4 años, a partir de la fecha de expedición del comprobante.
  • Se encuentra prohibido enmendar.

 

Además, deberá contener:

 

  • Para operaciones de enajenación o prestación de servicio (excepto los realizados por los contribuyentes comprendidos en el Literal E - Pequeña Empresa), deberá agregarse un recuadro que diga:

 

RUT comprador
Consumo final
   

 

  • Por su parte, los contribuyentes del Literal E (Pequeñas Empresas), no deben incluir ninguna mención al IVA y deberán sustituir el recuadro precedente por el siguiente:

 

Contribuyente comprendido en el Literal E del Art. 52 del Título 4 de T.O.96

 

  • Si no corresponde impuesto, indicar, EXENTO.

 

 

  • En el momento de presentar sus facturas las mismas deben tener creada la hoja de entrada de servicio o recepción de material. Estos datos serán brindados por la unidad que lleva el contrato, y deberán estar informados en el comprobante.

 

Número de compra.
Número de recepción de material o de hoja de entrada de servicio, según corresponda.

 

  • El signo de los Pesos Uruguayos debe ser $.
  • El importe final debe estar en números y letras.
  • Se debe detallar el total del material entregado o del servicio prestado.
  • Cuando se trata de Facturas de Ajuste, debe detallarse el número de la Factura Básica que se ajusta.
  • Cuando se emitan Notas de Crédito, debe detallarse el número de la Factura Básica que se anula.

 

Según el caso del cual se trate, además se requiere:

 

  • Para el caso de Servicios: se debe aclarar el período en que se prestó el servicio.
  • Para Suministro de Materiales mediante la modalidad de Pedido contra Contrato Marco, deberán contar con la correspondiente recepción al momento de su entrega. Así mismo deberán emitir una sola factura por cada pedido y tendrán que entregar los remitos en la Unidad Administradora del Contrato.
  • Para el caso de facturas de Fleteros Contratados deberán especificar: Tipo de Vehículo, Marca, Modelo, Matrícula y Año; mes del servicio.
  • Facturas por Servicios de Transporte Terrestre de Pasajeros: documentarse en comprobantes de consumo final.
  • Para facturas por Repuestos, Reparación y/o Mantenimiento de Vehículos, debe figurar: el número de matrícula del vehículo, el tipo de vehículo con el N° interno de UTE (C… - CM… - A… más el Número) y el detalle de la reparación.
  • Facturas por Reintegro de Peajes: La documentación que se emita para el traslado del gasto debe incluir la leyenda “Pagos por cuenta de terceros”.