29/10/2026 Comunicado: Pago a proveedores activos en RUPE
30/12/2015
Comunicamos que en cumplimiento a lo establecido en la ley N° 19.210 y el Decreto Reglamentario 180/015 (ley de inclusión financiera), solo podrán realizarse pagos a aquellos proveedores que estén Activos en Registro de Proveedores del Estado (RUPE) y tengan acreditada la cuenta bancaria en la moneda de cotización en dicho registro.
Gerencia de División Económico Financiera
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