Sres. proveedores:
Con motivo del fin de ejercicio y cierre de balance 2024, exhortamos a que las facturas con fecha diciembre 2024, sean emitidas hasta el 07/01/2025 inclusive. De esta forma aseguramos que los resguardos de retención de impuestos sean emitidos en enero.
En caso de que sea imprescindible emitir la factura con posterioridad al 07/01/2025, el resguardo será entregado al mes siguiente.
En ningún caso podrá excederse el día 20 de enero para la emisión de facturas con fecha diciembre 2024.