Técnicos y Firmas Instaladoras
En la presente reglamentación figuran las tensiones de 220 V y 380 V como valores nominales para la red de BT, valores vigentes en el momento en que fue elaborada.
A partir de enero de 2004 entró en vigencia el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución, aprobado por la URSEA, donde se establecen los valores para esos niveles de tensión en 230 V y 400 V. Estos valores serán tenidos en cuenta en la reglamentación que actualmente se encuentra en elaboración en el ámbito URSEA.
Se actualizó el capítulo XXIX, el cual establece los requisitos técnicos de las Instalaciones para Autoconsumo.
Se publicó una nueva versión de la Norma de Instalaciones de Enlace de Baja Tensión vigente a partir del 05/09/2024.
Le informamos algunos de los cambios más significativos:
Estas son las potencias normalizadas, de acuerdo a la distribución monofásico o trifásico y a la necesidad de consumo que tenga el suministro.
Suministro Monofásico (potencia en kW) |
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de 3,5 a 11,5 * |
En este rango de potencias se admiten fracciones de a 0,5 kW.
Suministro Trifásico (potencia en kW) |
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6, 8, 10, 12 * |
15 * |
20 * |
25 * |
30 * |
35 * |
40 * |
41 a 50 * |
Zona Electrificada Rural (potencia en kW) |
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14,5 * |
25 * |
En las tarifas triple horario, las cuales permiten una doble contratación de potencia, la tasa de conexión se determina por la mayor de ellas.
INSTALACIONES PARA LA CARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN EDIFICIOS
El Capítulo XXX del Reglamento de Baja Tensión rige las Instalaciones para la Carga de Vehículos Eléctricos (ICVE), de manera de facilitar la instalación de una infraestructura de carga segura y eficiente.
Los apartados 12.4 y 12.5 del referido capítulo abarcan a las ICVE ubicadas en la zona de estacionamientos colectivos de edificios, incluyendo la instalación definitiva y preinstalación eléctrica (recomendada en edificios de “nueva construcción”). Además, el apartado 15 contiene los Esquemas de ICVE admisibles.
Respecto al trámite ante UTE, es el mismo procedimiento al de otro tipo de instalación eléctrica, tanto para las nuevas como la modificación de las existentes.
En el caso de suministros que cuenten con medida centralizada para implementar la ICVE se debe seguir alguna de las opciones presentadas a continuación:
Opción 1 – Servicio General exclusivo de Carga de VE (SGVE).
La ICVE debe ser independiente y energizada desde el medidor e Interruptor de Control de Potencia (ICP) del SGVE, incluidos en la centralización, siempre que la acometida admita la potencia total prevista. De esta forma se independiza el consumo total y la potencia contratada de la carga de VE respecto a Servicios Generales.
El SGVE es exclusivo para la carga de VE y no se puede dedicar a ningún otro equipo salvo los consumos auxiliares (iluminación).
En caso de acometida no suficiente, UTE puede instalar una adicional para el SGVE (aplica a un predio donde exista una acometida trifásica en 230 V, según el punto 4.1 – Norma de Instalaciones de Enlace de BT).
El cliente mediante medidores secundarios puede realizar el prorrateo de los consumos de cada plaza individual de estacionamiento.
La utilización del Sistema de Gestión de Carga (SGC) se recomienda para optimizar el consumo de cargas de VE.
Opción 2 – Servicios Generales del edificio.
Al aplicar esta opción, la ICVE está integrada a los Servicios Generales del edificio y conectada al tablero general o tablero derivado.
También está previsto que el cliente realice el prorrateo de los consumos con medidores secundarios y se recomienda utilizar el SGC.
Opción 3 – Doble Derivación Individual.
Al implementarla se incorpora después del ICP del cliente un tablero con 2 interruptores automáticos, siendo ubicado próximo a la centralización (no incluido).
Dicho tablero es el origen de 2 líneas derivadas independientes entre sí, una para energizar a la unidad del cliente (apartamento o local) y la otra forma parte de un nuevo circuito exclusivo para la carga de VE proyectado hasta la plaza de estacionamiento.
Al aplicar esta opción, el consumo y la potencia contratada de cada cliente incluye a su propia vivienda y la carga de VE.
Ejemplo de ICVE en edificios
Leyenda:
Información de interés y contacto:
Con motivo de la implantación de Medición Inteligente en los nuevos servicios, realizamos algunos cambios en los requerimientos técnicos para la solicitud de suministro con medida centralizada.
En cada tablero de centralización se debe instalar:
Es importante recordar que todos los nuevos elementos, deben cumplir con lo establecido en la reglamentación vigente, en particular a lo referido a Características Constructivas del punto 6.2.3 - ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS DEL TABLERO DE CENTRALIZACIÓN de la Norma de Instalaciones de Enlace.
Los presentes cambios serán incluidos en la próxima versión de la Norma de Instalaciones de Enlace de Baja Tensión que será publicado y entrará en vigencia en los próximos meses.
Esquema de Nuevo Tablero de Centralización de medidores
Accede al documento de ADENDA MAYO 2001