Técnicos y Firmas Instaladoras
Se entiende por tal la persona física o jurídica registrada y habilitada ante UTE, para vincularse con un Técnico Instalador capacitado, registrado y habilitado ante UTE, para ejecutar instalaciones eléctricas interiores en forma conjunta en edificaciones o predios públicos o privados.
Dicha empresa puede ser Unipersonal, Pequeña Empresa, Sociedad de Hecho, S.R.L., S.A.S., S.A., Cooperativa, etc., también se admite que sea contribuyente Monotributo.
Se define como tal, la persona física que por su formación técnica, acreditada fehacientemente y registrada ante UTE, puede vincularse con una Firma Instaladora, registrada y habilitada ante UTE, para ejecutar instalaciones eléctricas interiores en forma conjunta, en edificaciones o predios públicos o privados.
Al Técnico Instalador le es asignada una determinada Categoría de acuerdo a la formación técnica acreditada.
Los trámites para la obtención del Permiso de Firma Instaladora y del Permiso de Técnico Instalador, así como los requisitos para acceder a las distintas Categorías de Técnico Instalador, están establecidos en el Capítulo XXIV del Reglamento de Baja Tensión.
Los trámites para registrarse como Firma Instaladora y Técnico Instalador son Independientes.
Se puede realizar, el trámite de registro de ambos, solamente de Técnico Instalador o solamente de Firma Instaladora.
Debe tenerse en cuenta que cualquier trámite ante UTE (por ejemplo: solicitud de suministro, modificación de potencia contratada, rehabilitación y reformas) donde se requiera de Técnico Instalador también va a requerir de Firma Instaladora y viceversa.
Las Firmas Instaladoras y los Técnicos Instaladores registrados a partir de la entrada en vigencia de la versión actual del Capítulo XXIV (24 de setiembre de 2009) pertenecen al Régimen Actual, lo cual implica que los Técnicos Instaladores y las Firma Instaladoras (ambos en este mismo Régimen) son “libres” de vincularse para ejecutar instalaciones eléctricas y realizar trámites ante UTE por dichas instalaciones.
A efectos de iniciar el trámite para registrarse como Técnico Instalador se debe presentar la documentación indicada a continuación:
Universidad de la República (Udelar):
Egresado de Ingeniería, Tecnólogo Mecánico o Perito en Ingeniería Eléctrica - Adjuntar:
(*) En caso de egresados de la Facultad de Ingeniería (Udelar) cuyo título no esté disponible en el Portal de Títulos, se admite en su lugar la siguiente información:
Egresado de la carrera Ingeniero Electricista, orientación potencia (excepto plan 1967) - Adjuntar:
Estudiante de Ingeniería - Adjuntar:
Instituto Normal de Enseñanza Técnica – ORT – Universidad de Montevideo – Universidad Católica- Universidad Tecnológica del Uruguay (UTEC) - Adjuntar:
UTU - Adjuntar:
Es importante tener en cuenta que se admitirán únicamente los Visados que sean enviados (adjuntos) a Normativa desde el correo de Reguladora Central de UTU.
(**) En caso de egresado que no posea el diploma, se admitirá en su lugar:
COCAP - Adjuntar:
Escuela Naval - Adjuntar:
Aclaración:
A los efectos de la inclusión del solicitante en alguna de las Categorías de Técnico Instalador, se tendrán en cuenta los títulos indicados en la lista que incorpora el Capítulo XXIV del Reglamento de Baja Tensión.
En el caso en que no se pueda determinar el plan, la opción, la orientación o la duración con el propio título, se tendrá que contemplar con Certificado de Estudio u otro documento que lo indique.
Los cursos realizados en el exterior del País deberán estar revalidados ante el Ministerio de Educación y Cultura (MEC).
A efectos de iniciar el trámite para registrarse como Firma Instaladora, se debe contar con una Empresa registrada en DGI (puede ser Monotributo) y BPS, además se debe presentar la documentación indicada a continuación:
Aclaración:
La empresa a registrarse como Firma Instaladora debe tener vigente el Certificado Único (DGI) con excepción de monotributistas y el Certificado Común (BPS).
Además, estos certificados deberán estar emitidos en los servicios en línea de dichos organismos:
La documentación solicitada anteriormente debe ser enviada (fotografiada o escaneada) por correo electrónico a la casilla de la Sub Gerencia Normativa Técnico Comercial – UTE:
normativatecnicocomercial@ute.com.uy
La documentación que se envíe adjunta debe ser nítida y visible en su totalidad.
Toda la documentación remitida por correo electrónico a los efectos de solicitar trámites relacionados con permisos de actuación como Firma Instaladora o bien como Técnico Instalador, quedará en poder del remitente del correo en calidad de “Depositario de la misma” con todas las responsabilidades civiles y penales que ello conlleva, hasta que UTE formalmente la requiera y en particular previo a la firma del permiso solicitado.
Título | Plan | Opción/Orientación/ Condición |
Categoría | |
---|---|---|---|---|
UDELAR | Ingeniero Industrial | 1947 | A | |
Ingeniero Electricista | 1967 | A | ||
Ingeniero Industrial | 1974 | Eléctrica | A | |
Ingeniero Electricista | Todos exc.1967 | Potencia | A | |
UCU | Ingeniero en Sistemas Eléctricos de Potencia | Plan 2009 - 2012 | A | |
ORT | Ingeniero Eléctrico | Plan 2017 | A | |
UDELAR | Ingeniero Mecánico | 1967 | B | |
Perito en Ingeniería Eléctrica | B | |||
Ingeniero Industrial | 1974 | Electrónica | B | |
Ingeniero Electricista | Todos exc.1967 | De otras orientaciones distintas a Potencia. | B | |
Ingeniero Industrial | 1974 | Mecánica | B | |
Ingeniero Industrial Mecánico | Todos | Que hayan aprobado Instalaciones Eléctricas. | B | |
UTA | Ingeniero Electromecánico (Argentina) | Título firmado por rector Uruguay. | B | |
UM | Ingeniero Industrial | Que hayan aprobado Instalaciones Eléctricas de Media y Baja Tensión. | B | |
UTEC | Ingeniero en Energías Renovables | Que hayan aprobado Instalaciones Eléctricas e Instalaciones Eléctricas en Energías Renovables. | B | |
CETEP | Ingeniero Tecnológico en Electrotecnia | 2020 | B | |
UTEC | Tecnólogo en Energías Renovables | Que hayan aprobado Instalaciones Eléctricas. | C | |
UDELAR | Ingeniero Industrial Mecánico | Todos | C | |
Ingeniero Civil | 1947 | C | ||
Ingeniero Civil | 1974 carrera 27-6 | Estructural | C | |
Ingeniero Civil | Todos exc. 1947 y 1974 | Que hayan aprobado Acondicionamiento de Edificios. | C | |
Ingeniero Civil | Que hayan aprobado Acondicionamiento Eléctrico. | C | ||
Estudiantes de Ingeniería | Todos | Que hayan aprobado los cursos de Electrotecnia y de Instalaciones Eléctricas | C | |
Ingeniero Químico | C | |||
UM | Ingeniero Industrial | C | ||
UCU | Ingeniería en Electrónica | C | ||
Ingeniero Industrial | 2007 / 2012 / 2018 / 2021 | Que hayan aprobado el curso de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión o Instalaciones Eléctricas y Proyecto. | C | |
CETP | Ingeniero Tecnológico en Electrotecnia | 1986 | C | |
Técnico Electrotécnico Especializado | 1986 | C | ||
Técnico Especializado en Electrotecnia | 1972 | C | ||
Bachiller Técnico en Instalaciones Eléctricas o en Electrotecnia | 1975 | Escuela de Construcción | C | |
Técnico Electricista | 1962 | C | ||
Técnico en Instalaciones Eléctricas | 1989 | 2° Ciclo. Escuela de la Construcción | C | |
Técnico en Instalaciones Eléctricas | 1976 | Duración: 4 años. Orientación: Instalaciones Eléctricas. Instituto de Enseñanza de la Construcción. | C | |
Técnico en Instalaciones Eléctricas | 2000 / 2002 | C | ||
Técnico en Instalaciones Eléctricas | 2010 | 3er Ciclo | C | |
Técnico Bachiller en Instalaciones Eléctricas | 1989 | Duración: 4 años. | C | |
Técnico en Instalaciones Eléctricas Industriales | 2020 | C | ||
Técnico en Electrotecnia Especializado en Instalaciones Industriales | C | |||
Técnico Instalador Electricista | C | |||
INET | Maestro Técnico en Electrotecnia | Duración: 4 años. | C | |
CIME | Oficiales de la Armada Nacional e Ingenieros de la Marina Mercante (incluye Guardiamarina) | Que hayan aprobado los cursos de Electrotecnia de la Escuela Naval. | C | |
UM | Ingeniero Civil | D | ||
ORT | Técnico en Electro Electrónica | D | ||
CETP | Técnico Bachiller en Electrotecnia | 1986 / 1997 | D | |
Operario Calificado en Instalaciones Eléctricas | 1997 | D | ||
Operario Calificado Idóneo en Instalaciones Eléctricas | 2004 | Duración: 2 años. Orientación : Instalaciones Eléctricas | D | |
Operario Calificado en Electricidad | Duración: 2 años. | D | ||
Operario Calificado en Instalaciones Eléctricas Domiciliarias | Duración: 2 años. | D | ||
Operador Altamente Calificado en Instalaciones Eléctricas | Duración: 2 años. | D | ||
Operador Altamente Calificado en Instalaciones Eléctricas | 1992 | Duración: 1 año. Orientación: Instalaciones Eléctricas | D | |
Auxiliar en Instalaciones Eléctricas | D | |||
Técnico en Electrotecnia | 1986 | D | ||
Idóneo en Instalaciones Eléctricas o en Electricidad | 1962 / 1999 / 2004 | D | ||
Idóneo en Electricidad | 1962 | Duración: 2 años. Orientación: Electricidad. | D | |
Idóneo en Electricidad - Ciclo Básico | 1962 | Duración: 3 años. Ciclo Básico | D | |
Electricista Titulado | 1962 | Duración: 3 años. Ciclo Básico | D | |
Egresado de las Escuelas Industriales de los cursos de Electricidad o Instalaciones Eléctricas | 1962 | D | ||
Ciclo Básico Orientación Electrotecnia | 1976 | Duración: 3 años. | D | |
Curso Instalaciones Eléctricas | Duración: 2 años. | D | ||
Instalaciones Eléctricas - Curso Móvil | Duración: 2 años. | D | ||
Bachillerato Profesional en Instalaciones Eléctricas | 2008 | D | ||
Bachiller Profesional - Técnico de nivel medio en Instalaciones Eléctricas | 2008 | Duración: 1 año. | D | |
Titulado en Electrotecnia | D | |||
Oficial - Instalaciones Eléctricas | 1962 | Duración: 3 años. | D | |
Trabajador Calificado en Instalaciones Eléctricas Domiciliarias e Industriales | Piloto | Duración: 2 años. | D | |
UDELAR | Tecnólogo Mecánico | D | ||
COCAP | Curso Instalaciones Eléctricas Nivel II | Plan Planta u otro que hayan aprobado las asignaturas relacionadas con Instalaciones Eléctricas: Introducción a la Electrotecnia (EL1), Electrotecnia 2 (EL2), Control e Instrumentación (EL3), Instalaciones Eléctricas (EL4). | D |
Categorías | Potencia | Tensión |
---|---|---|
A | Sin limitación | Sin limitación |
B | Sin limitación | No mayor a 17,5 kW |
C | Sin limitación | Baja Tensión (suministro en 230 V o 400 V) |
D | Potencia total no superior a 50 kW | Baja Tensión (suministro en 230 V o 400 V) |
E | Hasta 20 kW | Sólo en 230 V |
Instalaciones que incorporen Generación y/o Acumulación (Microgeneración, Autoconsumo o Suministros Complementarios) deben ser ejecutadas por Técnicos Instaladores Categoría A o B, según corresponda.