Técnicos y Firmas Instaladoras
En la presente reglamentación figuran las tensiones de 220 V y 380 V como valores nominales para la red de BT, valores vigentes en el momento en que fue elaborada.
A partir de enero de 2004 entró en vigencia el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución, aprobado por la URSEA, donde se establecen los valores para esos niveles de tensión en 230 V y 400 V. Estos valores serán tenidos en cuenta en la reglamentación que actualmente se encuentra en elaboración en el ámbito URSEA.
Se actualizó el capítulo XXIX, el cual establece los requisitos técnicos de las Instalaciones para Autoconsumo.
Información Adicional
REGLAMENTO DE BAJA TENSIÓN - Protecciones contra contactos directos e indirectos
PROTECCIONES: disposiciones reglamentarias
CARTA AGOSTO 2002 - Cambio de Versión
Se publicó una nueva versión de la Norma de Instalaciones de Enlace de Baja Tensión vigente a partir del 05/09/2024.
Le informamos algunos de los cambios más significativos:
Estas son las potencias normalizadas, de acuerdo a la distribución monofásico o trifásico y a la necesidad de consumo que tenga el suministro.
Suministro Monofásico (potencia en kW) |
---|
de 3,5 a 11,5 * |
En este rango de potencias se admiten fracciones de a 0,5 kW.
Suministro Trifásico (potencia en kW) |
---|
6, 8, 10, 12 * |
15 * |
20 * |
25 * |
30 * |
35 * |
40 * |
41 a 50 * |
Zona Electrificada Rural (potencia en kW) |
---|
14,5 * |
25 * |
En las tarifas triple horario, las cuales permiten una doble contratación de potencia, la tasa de conexión se determina por la mayor de ellas.
Por consultas de Normativa y Reglamentación, cambios de Régimen Firmas y Técnicos, cambios de Categoría Técnico, de Certificados de BPS y DGI, bajas de registro,etc., hacerlo al correo electrónico NormativaTecnicoComercial@ute.com.uy
Te informamos algunos cambios que realizaremos en los trámites de Solicitud Individual y Colectivas:
A partir del 1° de octubre de 2021, todas las solicitudes individuales o colectivas deberán ser realizadas únicamente a través de nuestro Sitio Web. De esta forma, podremos reducir los tiempos de espera y agilitar la resolución de las solicitudes.
Para tramitar las solicitudes, deberás ingresar con usuario y contraseña haciendo clic en “Ingresar” ubicado en la esquina superior derecha. Para registrarte como Usuario Web, deberás ingresar en “Registrarme como técnico / firma instaladora”.
Al efectuar cualquiera de las solicitudes, tendrás que ingresar en el Formulario Web el correo electrónico que el Técnico Instalador tiene registrado en UTE.
A su vez, te informamos que las notificaciones y el envío de la documentación se realizarán a todos los correos electrónicos vinculados a la solicitud.
Además, para darte mayor seguridad, a partir del 1° de diciembre del 2021 los Documentos de Asunción de Responsabilidad (DAR) deberán ser firmados digitalmente.
Te recordamos que la vigencia del Poder o Carta Poder, para la firma de DAR, será considerada al momento de su presentación en UTE, con un máximo de 180 días corridos desde la fecha de su otorgamiento. Tanto la Firma Instaladora, como el Técnico Instalador, son responsables de mantener vigente el Poder o Carta Poder hasta la finalización de los trámites solicitados.
Así mismo, la Firma Instaladora será la responsable de actualizar la nómina de Técnicos Instaladores autorizados para realizar la firma del DAR a su nombre.
Por cualquier consulta, comunícate con nosotros a través del formulario Contáctenos
A partir del 1° de diciembre de 2021, rige la obligatoriedad de la Firma Digital Avanzada para los Documentos de Asunción de Responsabilidad (DAR) por parte de las Firmas Instaladoras (FI) y los Técnicos Instaladores (TI).
Para que sea posible validar las firmas digitales, se deben realizar los siguientes pasos:
1. FI/TI recibe vía mail el DAR enviado por parte de UTE.
2. FI/TI envía al cliente (en caso que no venga ya firmado por el mismo) el DAR con los datos ingresados del punto 2.
3. Cliente completa el DAR con sus datos personales (C.I. y aclaración de firma), firma a mano con lapicera y lo entrega a la FI/TI (papel o archivo digital).
4. FI/TI recibe el documento firmado por el cliente y una vez convertido a formato PDF, será firmado digitalmente por FI y TI. Quién firma en segunda instancia lo deberá realizar sobre el mismo documento PDF ya firmado digitalmente.
5. En caso que la FI y el TI sean la misma persona, se debe firmar digitalmente dos veces.
6. FI/TI envía a UTE el DAR (en formato PDF) una vez que estén completos todos los datos, la firma a mano del cliente y las dos firmas digitales (TI y FI), junto con la imagen de la C.I. del cliente.
Nota: El cliente podrá firmar digitalmente. En dicho caso se deberán tomar los mismos recaudos para obtener un único documento PDF con las tres firmas digitales.
Se anexan los instructivos de ADOBE READER DC.
1) ¿Cómo doy de alta el usuario web?
En el sitio web de UTE, dirígete a la esquina superior derecha y haz clic en Ingresar. Luego ve a “Registrarme como técnico/firma instaladora”.
En la siguiente pantalla deberás ingresar el usuario (RUT o C.I. sin puntos ni guion)
Si estás registrado como Firma Instaladora en UTE, se desplegará la siguiente pantalla. Allí completa los siguientes datos:
Si estás registrado como Técnico Instalador en UTE se desplegará la siguiente pantalla. Allí completa los siguientes datos:
2) ¿Qué procedimiento debo seguir para realizar una Firma Digital válida en el Documento de Asunción de Responsabilidad (DAR)?
Sigue los pasos que detallados aquí
3) ¿Para realizar la Firma Digital es necesario la compra de algún accesorio?
Depende del proveedor de la Firma Digital. Por lo tanto, deberás consultarlo con el proveedor que elijas.
Los diferentes proveedores son:
Puedes consultar también aquí
4) ¿Es obligatorio que estén las Firmas Digitales del Técnico Instalador y de la Firma Instaladora en el DAR?
Si, reglamentariamente los dos son solidariamente responsables y tienen que firmar el DAR ambos digitalmente.
5) En caso que el firmante por la Firma Instaladora sea la misma persona que firma como Técnico Instalador, ¿debe firmar dos veces?
Si, debe firmar dos veces, ya que para UTE son dos entidades diferentes.
6) ¿Si se imprime el documento firmado digitalmente se mantiene la validez de la firma?
No. El archivo se debe mantener en formato digital hasta obtener la última firma. Luego se debe enviar como archivo digital por correo electrónico a UTE a través de la casilla de correo comercial@ute.com.uy. Es importante aclarar que una vez impreso el documento, la Firma Digital pierde su validez y el documento no será aceptado.
7) ¿Por qué se pide la Firma Digital avanzada y no sirve la simple?
De acuerdo a la Ley 18.600, la firma electrónica avanzada es la única que tiene validez y eficacia para la firma de documentación pública, como una firma autógrafa.
La firma electrónica simple no tiene la misma validez y por lo tanto no sirve para la firma de dichos documentos.
8) Si tengo Firma Digital por empresa, ¿es necesario presentar el Poder Notarial en UTE?
Si, es necesario. Al enviar el DAR, se debe presentar adjunto la documentación notarial respectiva como se viene gestionando hasta ahora.
9) Si tengo cedula de identidad con certificado digital ¿puedo firmar con Adobe Acrobat Reader?
Si, primero debes configurar tu Adobe Acrobat Reader con el procedimiento descripto aquí.
10) ¿La Firma Instaladora y el Técnico Instalador deben firmar el documento manualmente, además de la firma digital?
No, la única firma manual que se acepta es la del cliente, su representante legal o apoderado. Igualmente, si el cliente o cualquiera de sus representantes legales desean firmar de forma digital, también es aceptada.
Con motivo de la implantación de Medición Inteligente en los nuevos servicios, realizamos algunos cambios en los requerimientos técnicos para la solicitud de suministro con medida centralizada.
En cada tablero de centralización se debe instalar:
Es importante recordar que todos los nuevos elementos, deben cumplir con lo establecido en la reglamentación vigente, en particular a lo referido a Características Constructivas del punto 6.2.3 - ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS DEL TABLERO DE CENTRALIZACIÓN de la Norma de Instalaciones de Enlace.
Los presentes cambios serán incluidos en la próxima versión de la Norma de Instalaciones de Enlace de Baja Tensión que será publicado y entrará en vigencia en los próximos meses.
Esquema de Nuevo Tablero de Centralización de medidores